Sinceramente
creo, que no es necesario tener que haber pasado por ninguna academia, para
darnos cuenta de la gran diferencia que existe entre las dos varas de medir, a
la hora de aplicar la ley. Para muestra, tenemos el lamentable e inminente
ingreso en prisión, de un ciudadano, al que se le acusa de un delito cometido
hace seis años. Tal y como relata la madre de este joven, su único y mayor
delito, fue realizar una compra por importe de 79,20 €, y pagarla con una
tarjeta, que además de no ser suya, resultó ser falsa. Debo aclarar, que el
último detalle, era un hecho desconocido para este joven.
No me voy a extender
en todos los detalles, que sobradamente son conocidos por todos los ciudadanos
y ciudadanas de este país. Mi enojo surge, como consecuencia de ser un
ciudadano nacido en el seno de este país, al que también pertenece ese joven.
Un país que a día de hoy, es un manantial de corrupción, y que dicho sea de
paso, podíamos hablar de tarjetas de colores, de papeles traspapelados, de
documentación destruida, así como de equipos informáticos, y de millones de millones
de euros, ingresados en paraísos fiscales, a día de hoy muy de moda para los
pudientes. Todo ello robado por señores de renombre, y con cargos… que si los
tuviese que enumerar, posiblemente terminaría preguntándome una vez más ¿Cómo lo
hacen? ¿Cómo se puede arruinar el futuro de todo un pueblo sin importarles lo
más mínimo? Y es aquí, donde tras una corta reflexión, surgen una colección de
preguntas… ¿A quién vamos a votar? ¿Quién es el que manda y ordena? ¿Nos
quedaremos con una sola vara de medir? Y como no quiero enrollarme más ¿Cuántos
años tendrían que meter en la cárcel a todos esos mangantes de cuello duro? ¿Cuántos?
Porque a ese joven, tiene su ingreso en prisión, a la vuelta de la esquina. Y
si Dios no lo remedia, como mínimo tendrá que cumplir seis, de los doce años, a
los que se le había condenado.
Sinceramente,
son muchos los corruptos que se encuentran pululando libremente, y cuyo mangoneo,
supera con creces los 79,20 €, cantidad por la que este joven que ha rehecho su
vida, tendrá que ingresar en prisión. Sea como fuere, no podemos obviar el artículo
234 del Código Penal, cuya definición legal nos dice: “El
que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su
dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a ocho
meses si la cuantía de lo sustraído
excede de 400 euros.
Es por todo
ello, por lo que ruego a los señores responsables, que rompan una de las dos
varas de medir, para de esa forma no cometer errores, y tengan a bien, indultar
a Alejandro.
Andrés
Rubido García

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